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07/05/2024

Poder al Pueblo

La 4T en Marcha

Anuncia AMLO cuando se dará primer pago del Fondo de Pensiones Bienestar

 

El presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, anunció que el próximo 1 de mayo se publicará en el Diario Oficial el decreto de la reforma para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esta iniciativa tiene como objetivo realizar el primer pago a los trabajadores el 1 de julio próximo.

Durante una conferencia de prensa matutina, el mandatario explicó que se requerirán dos meses para consolidar las reglas de operación de este fondo, el cual fue aprobado por las cámaras de diputados y senadores. El presidente informará oficialmente a los trabajadores sobre este fondo durante la conmemoración del Día Internacional del Trabajo el 1 de mayo.

López Obrador destacó: “Se está trabajando en estos días, primero se tiene que publicar la ley, establecer los reglamentos, el acuerdo. Vamos a tratar este asunto el día primero de mayo, que ese fue mi compromiso desde que estuve con los trabajadores en Río Blanco, el día 7 de enero. Ofrecí lo del Fondo de Pensiones para el Bienestar, entonces el día primero de mayo, el Día del Trabajo, vamos a presentarlo”.

La reforma para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar fue aprobada por el Senado en lo general y en lo particular. Inicialmente, contará con una bolsa de 40 mil millones de pesos para garantizar jubilaciones con el 100 por ciento del último sueldo a los trabajadores.

El objetivo principal de esta reforma es proporcionar una tasa de reemplazo del 100 por ciento a los mexicanos que ingresaron a la formalidad laboral a partir de 1997 al momento de jubilarse, con un tope de 17 mil pesos mensuales, una propuesta del presidente López Obrador.

Este fondo de pensiones se financiará inicialmente con recursos provenientes de cuentas inactivas en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) de trabajadores mexicanos con 70 años en el sector privado y 75 años en el sector público. Además, la reforma establece que no se dispondrá de los recursos de personas que hayan cumplido el requisito de edad, mientras se encuentren activos en la formalidad laboral.

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